jueves, 10 de diciembre de 2015

Se inicia la rehabilitación del hotel abandonado en Arenales del Sol

Gran noticia para la pedanía ilicitana de Arenales del Sol por el inminente inicio de las obras de rehabilitación del hotel abandonado hace años y que esperamos reactive la economía, turismo, etc. de la zona. Si se cumplen los plazos, para verano de 2017 las obras estarán finalizadas.

Proyecto finalizado

Situación actual del inmueble


Más información en el siguiente enlace 
http://www.diarioinformacion.com/elche/2015/12/02/inicio-inminente-obra-hotel-arenales/1703049.html

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lunes, 16 de noviembre de 2015

Los animales de compañía en las comunidades de vecinos.

Hoy os traemos un artículo sobre un tema que trae de cabeza la convivencia en muchas comunidades de vecinos.... los animales de compañía.



El mejor amigo del hombre: Los vecinos que tengan algún tipo de mascota, debe conocer y respetar ciertas normas de convivencia en el edificio. Hay que comprender que a otras personas no son tan tolerantes.

Os dejamos el artículo que han publicado en el Blog de El Mundo "Historias de una Escalarea" dedicado precisamente a este tema. Esperamos que os sirva para algo....

http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/historias-de-una-escalera/2015/10/29/amores-perros.html

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martes, 27 de octubre de 2015

COMUNIDAD GRAN HERMANO

¿Se producen robos o hurtos en su comunidad?​ ¿actos vandálicos en la escalera?


La solución en muchos casos puede ser la instalación de cámaras de video-vigilancia, aunque algunos vecinos pueden sentirse molestos al estar permanentemente observados. Siempre es difícil tener las cosas al gusto de todos.



Os compartimos un artículo muy interesando del blog publicado en El Mundo Historias de una Escalera sobre este tema.

Leer artículo completo
http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/historias-de-una-escalera/2015/10/01/el-gran-hermano-de-esta-nuestra.html

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miércoles, 21 de octubre de 2015

No pasa nada, hasta el día que pasa

Como se suele decir en muchas ocasiones.... "no pasa nada, hasta el día que pasa"; y lamentablemente en esta ocasión ha pasado en un edificio de Benidorm.

Esto deja claro que las comunidades siempre deben apostar por empresas en regla y que cumplan con todas las medidas de seguridad necesarias a la hora de facilitar sus servicios.


 Leer artículo

http://www.diarioinformacion.com/economia/2015/10/20/muere-operario-benidorm-caer-edificio/1687116.html​


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viernes, 25 de septiembre de 2015

Qué hacer cuando los vecinos son molestos

Lamentablemente, casi todos tenemos algún vecino que causa molestias al resto del edificio y no respeta las normas, bien por ruidos, golpes, fiestas a deshoras, etc.



Pero... ¿qué podemos hacer ante esta incómoda situación? 

En este artículo se describen algunas medidas legales que se pueden aplicar.

Leer artículo completo
http://www.abc.es/familia-consumo/20150922/abci-vecinos-molestos-ruidos-201507291311.html

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miércoles, 23 de septiembre de 2015

Regulación de pisos turísticos en la Comunidades de Madrid

Algo que ahora esta en boga de todos... los pisos turísticos. Últimamente estamos viendo múltiples informaciones sobre este problema que afecta a muchas comunidades de vecinos -problema para algunos, beneficio para otros, siempre hay varias formas de verlo-. Ayuntamientos y Comunidades están regulando su uso.



​Pisos turísticos (un tipo de contrato regulado en la Comunidad de Madrid) que pueden traer problemas al resto de vecinos del edificio.

Os compartimos un artículo bastante interesante sobre este aspecto aparecido directamente en EL MUNDO.

Leer artículo completo
http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/historias-de-una-escalera/2015/09/17/la-comunidad-cuelga-el-cartel-de.html

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sábado, 19 de septiembre de 2015

¿Qué obras puede realizar el inquilino de una vivienda?

Hoy os compartimos una información bastante interesante y que suele interesar a muchos propietarios de viviendas. Un ejemplo bastante corriente y que suele ocurrir bastante a menudo es que el inquilino cuelga muchos cuadros y taladra las paredes. Cuando se marcha las paredes quedan llenas de agujeros.


¿Qué obras puede realizar el inquilino de una vivienda?

Pues ni más ni menos que las que se regulen y reflejen en el contrato de arrendamiento firmado entre las dos partes, así que se debe estar muy atento antes de formalizar dicho contrato. Intente reflejar en el contrato sus necesidades y asesórese siempre por profesionales.

Os dejamos un artículo bastante interesante sobre este tema para que completéis la información.

Más información en los siguientes artículos
http://www.abc.es/economia/20150917/abci-inquilino-obras-vivienda-201509161053.html

http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/historias-de-una-escalera/2015/09/03/obras-son-amores.html

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jueves, 27 de agosto de 2015

Los morosos profesionales

Les acompañamos entretenido artículo que habla sobre "Los morosos profesionales" que en muchos casos se dan en las comunidad. Por suerte, la Ley de Propiedad Horizontal ampara a la comunidad y APM Administradores se encarga de ejecutarla



Leer artículo completo
http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/historias-de-una-escalera/2015/08/20/moroso-por-un-dia.html

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martes, 25 de agosto de 2015

ITE sin rigor y sin visitar los inmuebles

En un breve plazo de tiempo, dos edificios en Madrid se han derrumbado. Habían pasado recientemente la Inspección Técnica de edificios -ITE-, dijeron en las noticias.

Pero entonces, ¿porqué se cayeron? ¿Cómo se hizo esa inspección técnica de edificios?



Basta una breve charla con los expertos en rehabilitación para saber que, a fecha de hoy, se están haciendo inspecciones sin ningún tipo de rigor, e incluso sin visitar el inmueble.

Os compartimos este artículo donde podemos ver las claves de este tipo de actividades fraudulentas que pueden llegar a poner en peligro la vida de personas.

http://www.inmodiario.com/186/21805/derrumbes-madrid-inspecciones-tecnicas-edificios-ite-sin-rigor-alguno.html

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lunes, 24 de agosto de 2015

Volvemos al trabajo. Vuelta de Vacaciones.

APM Administradores os desea una feliz vuelta de las vacaciones. 



Nosotros volvemos con más fuerza que nunca y por supuesto con una sonrisa


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martes, 4 de agosto de 2015

VACACIONES DE VERANO DEL 10 AL 23 DE AGOSTO

Estimados clientes:

Les informamos que nuestro despacho permanecerá cerrado por vacaciones del 10 al 23 de agosto. 


Solo para incidencias de urgencia, les atenderemos en el siguiente teléfono: 
678 798 551




Les deseamos unas felices vacaciones 
Saludos

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lunes, 13 de julio de 2015

Problemas de convivencia vecinal más comunes en verano

Recientemente hemos leído un artículo muy interesante en la edición digital del Diario el Mundo sobre los problemas de convivencia en las Comunidades de Vecinos durante el periodo estival.

Llegó el verano, y al mismo tiempo las comidas y cenas con amigos, la convivencia, etc. ¡¡Pero ojo¡¡ esto no te da derecho a incumplir con las normas de comunidad, así que debemos ser conscientes que no todos tus vecinos están de vacaciones y quieren descansar.

Confía en Administradores de Fincas Colegiados para dar solución a los conflictos de convivencia y mucho más, sabran mediar en el conflicto siempre aplicando las Ley de Propiedad Horizontal y las normas de convivencia.



Os dejamos el artículo en cuestión

Vecinos que 'echan humo' en verano


Llega el verano, época de cenas en el patio del piso bajo -afortunado su propietario-, de fiestas de fin de curso de los estudiantes, de cumpleaños en la piscina o en el salón comunitario, etc. Pero también el momento de que llegue hasta mi colada -prestamente tendida- el olor a barbacoa  -exactamente, procedente del patio del susodicho afortunado- , el ruido que provoca la música a todo trapo del piso de al lado, etc. Llega el verano, pero no el momento del descanso. Las comunidades de propietarios siempre están funcionando.

En la planta baja puerta A de la comunidad La Colmena, en el madrileño PAU de Las Tablas, vive Alfonso, su esposa Carmen y sus dos hijos, Carmencita y Alfonsín, de seis y cuatro años de edad, respectivamente. Ah, y el perro, Coquetes, siempre integrado en el marco familiar. Comparten con otros tres vecinos el patio comunitario, al que sólo puede accederse desde cada una de sus casas. Un patio que, aunque es propiedad de toda la comunidad, tiene uso y disfrute exclusivo de los cuatro vecinos.

Es sábado. Algunos vecinos ya se encuentran en su pueblo disfrutando del fin de semana. Alfonso, que se ha quedado con su familia en Madrid, ha organizado una barbacoa con unos amigos. Están por llegar.

Paquita, propietaria del piso 1 puerta A, sóolo una planta por encima de la vivienda de Alfonso ha hecho, como todas las mañanas, la colada. Cae la tarde, y aprovechando el buen tiempo tiende la ropa para despreocuparse de ella en toda la noche.

Ring...ring...ring. Suena el telefonillo de manera cada vez más insistente. Son los amigos de Alfonso que van apareciendo con sus hijos a la cena. No hay vuelta atrás. La carne ya está echada en el asador. Nunca mejor dicho.


Paquita duerme. "He descansado", cuenta al día siguiente a Marta, su vecina de la puerta de enfrente. "Pues abajo han montado una pequeña fiestecita", el comenta Marta. Pero Paquita no se ha percatado . "¡No he escuchado nada!", exclama. Sin embargo, su sorpresa es mayúscula cuando recoge la ropa del tendedero. Un molesto olor a morcilla y panceta impregna sus camisas y pantalones.

Muy furiosa, Paquita baja a la casa de Alfonso para increparle por el estado en el que ha quedado su ropa y por no haberle avisado con anterioridad de que iba a hacer una barbacoa. La respuesta del causante del problema es muy directa: "Yo en mi casa puedo hacer lo que quiera". ¿Tiene razón Alfonso?

Es lunes. La afectada acude a ver a Don Pedro, el vecino del 5º D recién elegido presidente de la comunidad y que está convencido de que sin él la La Colmena se vería abocada al desastre. Nada más lejos de la realidad.

Don Pedro escucha con atención a Paquita y, antes de darle una respuesta, ese mismo día acude al despacho del administrador de fincas de la comunidad para que éste le traslade las posibles soluciones al conflicto de la barbacoa.

En primer lugar, y echando mano de la legislación, Gregorio, el administrador, aclara que no existe ninguna normativa municipal que prohíba el uso de barbacoas en la comunidad de propietarios. No obstante, con buen tino, plantea regular su uso a través de normas de régimen interno de la comunidad para así evitar que se convierta en una actividad molesta para todo el vecindario. No olvidemos que el patio, aunque es de uso y disfrute de Alfonso y de otros tres vecinos, no deja de ser un elemento común.

Pasado un tiempo, la comunidad aprobará en junta incorporar a sus normas de régimen interno la necesidad de un previo aviso de los propietarios de los bajos que quieran hacer uso de sus barbacoas y utilizarlas preferiblemente en fin de semana.

Otra alternativa (no recomendable) habría sido acudir a un tercero: un juez. Un proceso innecesario teniendo en cuenta que se trataba de un conflicto inherente a la comunidad que demandaba una solución pacífica.

VÍA
http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/historias-de-una-escalera/2015/07/09/vecinos-que-echan-humo-en-verano.html

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jueves, 9 de julio de 2015

Los impagos en las comunidades de propietarios se incrementan un 3%

Recientemente hemos visto publicado en la edición digital del Diario El Mundo una noticia donde se expone que la morosidad en las comunidades de vecinos ha aumentado un 3% durante 2014.

Muchas de estas viviendas con deuda pertenecen a entidades financieras, departamentos públicos, sociedades, etc., con lo cual se hace difícil cobrar los recibos que se van generando día a día. Confíe siempre en administradores de fincas colegiados para realizar las gestiones oportunas para cobrar los impagos a los morosos.



El problema a veces se torna grave, mas allá del propio dinero en sí, porque probablemente, a dicho vecino lo conocemos, y a veces, se produce un enfriamiento o distanciamiento de relación, llegando incluso a las disputas o rencillas.

Y en todo caso, es un acto MUY INSOLIDARIO por parte de esa persona, ya que la Comunidad es de TODOS, de la cual se aprovechan todos, incluso el MOROSO, utilizando los servicios que luego no paga.

Metodología

El IV Observatorio de las Comunidades de Propietarios se ha articulado tomando como referencia los datos facilitados por 800 administradores de fincas colegiados que administran 43.000 comunidades de propietarios en toda España. Podéis ver los datos en el siguiente informe.

http://www.apmadministradores.com//morosidadccvv.pdf


Leer artículo completo
http://www.elmundo.es/economia/2015/07/06/559a5140268e3edb708b4576.html


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lunes, 29 de junio de 2015

Madrid, ¿símbolo de la rehabilitación?".

Os compartimos un artículo muy interesante que ha aparecido recientemente en la edición digital del diario El Mundo. Tras los cambios en los gobiernos locales acaecidos tras las últimas elecciones municipales del 24 de mayo pasado, Manuela J. Martínez Torres, Presidenta del Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid, ha escrito un artículo.... denominado Carta Abierta a la Alcaldesa de Madrid -dirigida a la nueva regidora municipal de Madrid, Manuela Carmena.

En esta carta se rcuerda la importancia que tiene en una ciudad con tanta historia la rehabilitación de los edificiones históricos e inmuebles donde habitan una gran mayoría de los madrileños. Haciendo referencia a el programa electoral con el que Ahora Madrid a concurrido a estas elecciones le recuerda que normalmente o como norma todas las leyes destinadas a impulsar la rehabilitación de los inmuebles con una cierta antigüedad han sido elaboradas por juristas... no por especialistas como los administradores de fincas que velan día a día por el deterioro del este tipo de patrimonio. Pero será mejor que os dejemos el artículo para que podáis leerlo tranquilamente y llegar a vuestras propias conclusiones....

Tendría este tipo de iniciativas algo positivo tanto en Madrid como en Elche... creemos que el Administrador de fincas debe tener un papel más activo en el impulso de este tipo de iniciativas.

Os dejamos el artículo



Madrid, ¿símbolo de la rehabilitación?". 


CARTA ABIERTA A LA ALCALDESA DE MADRID


MANUELA J. MARTÍNEZ TORRESPresidenta del Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid


Estimada alcaldesa,

Decía en su programa político que Ahora Madrid debe ser el símbolo de la rehabilitación, la reutilización y el reciclaje. Decía de su partido que debe contar con sus ciudadanos para definir un nuevo modelo urbano, un planteamiento que, en sus palabras, no puede ser sólo un trabajo de despacho, sino que ha de ser participativo y tener en cuenta los diversos factores que influyen en la ciudad.

Hasta el momento, y de eso sabrá mucho, las leyes destinadas a impulsar la rehabilitación han sido redactadas por juristas, no por técnicos que conozcan y palpen el deterioro de nuestro patrimonio. Normativa que no ha contado, como debiera, con una suficiente participación profesional. De eso sabemos mucho los administradores de fincas. Nos encargamos, también lo dice la ley, «de velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares». En ello estamos, se lo aseguro, pero Madrid envejece y sentimos que la Administración no nos guía en nuestro cometido. No nos escucha ni tiene en cuenta nuestras advertencias, ésas a las que se refiere la ley.

Cierto es que Madrid tiene una larga tradición rehabilitadora. Y que también fue pionera en establecer que los edificios pasaran regularmente una inspección técnica que ahora además incluye medidas de eficiencia energética. Pero la crisis ha hecho mella en las comunidades de propietarios y, salvo que así lo exija la ley, los vecinos no están por la labor de hacer frente a gastos extraordinarios para acometer las reformas necesarias.

Necesitamos que reoriente el sector de la rehabilitación. Sólo en Madrid, 27.000 edificios en malas condiciones o en situación deficiente necesitan ser reformados en los próximos años. Y todavía no contamos con una hoja de ruta que aborde cómo financiar la rehabilitación. ¿De dónde se obtendrán los recursos económicos necesarios?

La rehabilitación, al igual que la construcción, debe enfocarse desde una posición responsable. Y optar por medidas reales: incentivos fiscales (IBI, por ejemplo) para viviendas en función de su comportamiento energético, agilización en la concesión de licencias o prestación de ayudas que realmente lleguen.

Y estas propuestas no deben quedarse en el papel porque el tiempo juega en nuestra contra. Buena cuenta de ello pueden dar los madrileños que todavía no pueden optar a la línea de ayudas establecida por el Ministerio de Fomento para impulsar la rehabilitación. La Comunidad de Madrid y el Gobierno no se ponen de acuerdo en cómo gestionar unas subvenciones de las que ya disfrutan el resto de españoles, y desbloquear, en consecuencia, un Plan de Vivienda que ya lleva un retraso injustificado de dos años.

Los ciudadanos de Madrid necesitan respuestas. Cientos de comunidades de propietarios están a la espera de conocer cuáles serán las bases reguladoras y procedimientos de esas ayudas, subvenciones sobre las que los administradores de fincas les informamos ya en su día, recomendándoles las ventajas de rehabilitar sus edificios por el bien común.

Educar a la ciudadanía en la necesidad de reformar sus hogares es fundamental. Pero esta labor de concienciación no debe quedarse en folletos informativos o anuncios televisivos, sino que debe concretarse en hechos. Porque igual de importante es divulgar campañas como cumplir con los programas.

Es por ello que la Administración debe ser ejemplarizante y abordar la rehabilitación energética de los edificios municipales, promoviendo auditorías, estudios de costes y planes de autosuficiencia para conocer el consumo real de energía. Buenas prácticas que ya recogía su programa político y que podrían ser replicadas en el parque residencial, sobre todo en aquellos distritos con mayores necesidades de rehabilitación.

También sería interesante extender por los barrios el Servicio de Ahorro Energético y Rehabilitación (Saer) del Ayuntamiento como punto de asesoramiento e información al ciudadano, valiéndose para ello de las asociaciones de vecinos, principales conocedoras de los problemas que afectan a su área. No hay que olvidar que acercarse al ciudadano es más fácil cuando se hace desde el propio círculo vecinal.

Con todo, los profesionales somos conscientes de que antes de emprender la actividad rehabilitadora es necesario identificar y evaluar los inmuebles que requieren una urgente actuación. De este modo, no sólo acabaremos con el chabolismo vertical que todavía padecen algunos barrios madrileños, sino que motivaremos la implicación de los vecinos.

Los administradores de fincas colegiados queremos que Madrid sea el símbolo de la rehabilitación, pero para ello necesitamos que su Alcaldía nos guíe. Colaboremos juntos, estimada alcaldesa, Madrid lo merece.


Via El Mundo | http://www.elmundo.es/economia/2015/06/19/55831284ca4741d47b8b459e.html


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sábado, 27 de junio de 2015

Si busca un Administrador de Fincas para su comunidad, que sea colegiado. Garantía de calidad.

Si busca un Administrador de Fincas para su comunidad, que sea colegiado. Garantía de calidad.






Más info

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viernes, 12 de junio de 2015

Línea de préstamos dedicados específicamente la las Comunidades de Propietarios.

El Banco de Sabadell presenta hoy 12 de junio, viernes, a las 12:30 horas, en la sede de COAFA -Colegio de Administradores de Fincas de Alicante-, su línea de préstamos dedicada específicamente a la financiación de Comunidades de Propietarios.

Ésta financiación puede destinarse a las obras de conservación, de rehabilitación o de mejora del edificio.



El préstamo ofrecido por el Banco de Sabadell permitirá a las Comunidades de Propietarios adelantar las obras previstas o urgentes, sin necesidad de esperar primero a que se recaude el capital necesario para acometerlas. Asimismo, al disponer de liquidez, la Comunidad puede mejorar el presupuesto entre sus proveedores ya que no depende sólo de aquellos que financien la obra.

Más información en en Blog de Coafa: 
http://www.blogfincas.com/linea-de-prestamos-del-banco-sabadell-para-comunidades-de-propietarios/

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sábado, 16 de mayo de 2015

Declaración de la Renta 2014

Estimado/a​  copropietario/a​, 

Con el fin de premiar su fidelidad con APM ADMINISTRADORES, queremos ofrecerle la posibilidad de realizar su declaración de la Renta 2014 ​a unos precios excepcionales y siempre con la confianza de estar en buenas manos.


​L​a​s tarifas son las siguientes:​

1º Renta Básica: 20 euros.​
​2​º Renta Bási​ca plus: 30 euros
3º Renta Global: 45 euros

Si usted está interesado en esta oferta, debe ponerse en contacto con nuestro despacho.

La oferta se hace extensible para titulares de la vivienda y/o familiares directos.​
Le recordamos que el plazo máximo para la presentación de la declaración de la renta, finaliza el 30 de junio de 2015. 

​Como siempre, estamos a su entera disposición para darle la información que necesite. ​


Atentamente.


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jueves, 30 de abril de 2015

Campaña de la renta 2014

La campaña de la renta 2014 ha dado comienzo esta semana y queremos destacar los puntos que más pueden interesar a los vecinos de las comunidades de propietarios.


Lo primero es solicitar el borrador y los datos fiscales en la web de la AEAT. El borrador se puede solicitar desde el 7 de abril en la página web y la AEAT lo remitirá al domicilio fiscal del contribuyente. A través del servicio RENo no es necesario esperar el envió al domicilio fiscal, ya que se recibe un SMS con el número de referencia para ver los datos online. La obtención de los números de referencia etc.. se obtiene clicando el icono “RENTA 2014? y rellenado los datos solicitados (NIF, primer apellido, casilla 415 de la declaración 2013 y número de teléfono móvil).

A partir de ese momento podrá confirmar y modificar datos del borrador, consultar datos fiscales, cambiar domicilio fiscal o consultar el estado de la tramitación. Recomendamos registrarse para obtener los beneficios del sistema Cl@ve para no tener que identificarse para cada uno de los servicios. El servicio de cita previa estará disponible desde el 6 de mayo al 29 de junio.

Están obligados a declarar todos los contribuyentes residentes en España que tengan :


1º Rendimientos del trabajo personal superiores a 22.000 euros.

2º Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta. Están exentos contribuyentes que hayan percibido únicamente estos ingresos con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.

3º Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro y subvenciones para adquisiciones de viviendas de protección oficial o de precio tasado. Están exentos contribuyentes que hayan percibido únicamente estos ingresos con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.

Respecto los plazos de presentación:


1º Sale a ingresar:


  • a) Vía electrónica, del 7 de abril al 25 de junio.
  • b) Por otras vías, del 11 de mayo al 25 de junio.


2º Sale a devolver:

  • a) Vía electrónica, del 7 de abril al 30 de junio.
  • b) Otras vías, del 11 de mayo al 30 de junio.

VÍA http://administradordefincasvalencia.com.es/2015/04/09/campana-de-la-renta-2014/

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lunes, 20 de abril de 2015

Principales causas de procesos judiciales dentro de una Comunidad de Vecinos

Os compartimos este artículo aparecido recientemente en la edición digital del Diario LAS PROVINCIAS. Como Administradores de Fincas nuestra labor es siempre tener informados a nuestros clientes. En esta ocasión os dejamos esta información sobre en qué consisten la mayoría de los problemas judiciales que surgen en las comunidades de vecinos.



Es una información que más o menos todas sabemos, pero esta vez presentada cuantificada. La mayoría de estos casos de procesos judiciales iniciados en una Comunidad de Vecinos vienen de la impugnación de acuerdos de la comunidad de propietarios, reclamar deudas y demandas por materias comunes... etc.

Os dejamos el artículo en cuestión.

Las comunidades de vecinos registran 12.000 procesos judiciales al año

Impagos de cuotas, impugnación de acuerdos, molestias de otros residentes y defectos en las viviendas, principales motivos

ALGUNOS EJEMPLOS

Impugnar un acuerdo
Si un vecino no está conforme a una obra de, por ejemplo, 8.000 euros debía abonar una tasa de 308 euros para impugnarla judicialmente.

Reclamar una deuda
Interponer un monitorio (sin necesidad de abogado ni procurador) para reclamar una deuda suponía 100 euros más el 0,1% de la cantidad adeudada, mientras que una reclamación verbal ascendía a 150 euros más una variable del montante reclamado.

Por la vía ordinaria
Exigir el pago de una deuda de más de 2.000 euros en los tribunales requería un fijo de 300 euros y el 0,1% de la cantidad reclamada.

Demandas por materias
Impulsar un proceso judicial, por ejemplo, para obligar a un vecino a recitar un aparato de aire acondicionado colocado en un lugar prohibido, suponía una tasa de 300 euros más el 0,1% del coste.

Un defecto en la construcción que ha originado una gotera, un vecino que hace demasiado ruido a horas intempestivas, un acuerdo adoptado por la comunidad de propietarios que no satisface a uno de los residentes y, sobre todo, el impago de las cuotas comunes. Muchos y muy variados son los motivos por los que cada día se inician, de media, más de 30 procesos judiciales en las comunidades de vecinos valencianas. Concretamente, y según los datos proporcionados a LAS PROVINCIAS por el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas, a lo largo del pasado año se pusieron en marcha unos 12.000 procedimientos judiciales en el seno de las comunidades de vecinos valencianas; unos 80.000 en toda España.

Al respecto, el presidente del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Valencia y Castellón, José Sales, explicó que el principal motivo por el que se suelen iniciar demandas judiciales en el seno de las comunidades de residentes es la reclamación de las cuotas que no han sido abonadas por alguno de los vecinos. En segundo lugar, según Sales, se encontrarían las impugnaciones de acuerdos adoptadas por la junta de residentes, mientras que a estos grupos habría que añadir dos tipo de razones más. Por un lado, las molestias ocasionadas por unos vecinos a otros y, por otro, las reclamaciones interpuestas a los promotores o agentes de la edificación por defectos no resueltos en la construcción del inmueble.

En aumento

Este experto, además, apuntó que, durante estos años de recesión económica los administradores también han detectado un progresivo aumento en el número de procedimientos judiciales que tienen lugar en el seno de las comunidades de vecinos. «Motivado por la crisis y por las dificultades que han atravesado muchos residentes se ha registrado un incremento exponencial en los procesos de reclamación de deudas», concretó Sales.

Además, desde el colegio también creen que este año va a continuar la tendencia de aumento de las demandas judiciales ya que, desde el pasado 1 de marzo, ha quedado derogada la obligatoriedad de las comunidades de propietarios de abonar las tasas judiciales correspondientes a cualquier procedimiento judicial, al aprobarse el Real Decreto-Ley 1/2015 de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social.

«Con la entrada en vigor de la nueva norma, los propietarios ya no tendrán que abonar tasas judiciales cuando impugnen acuerdos de la Junta o acudan ante los tribunales de justicia para ejercitar acciones frente a la comunidad, ni ésta tendrá que pagar tasa alguna cuando actúe como demandante o accionante, ni, por supuesto, en la reclamación de deudas comunitarias», resumieron desde el consejo nacional.

Así, las comunidades de vecinos valencianas podrán ahorrar alrededor de 2,25 millones de euros anuales, el coste de las tasas de los 12.000 procedimientos al año que se impulsan en la Comunitat. En total, el ahorro a nivel nacional rondará los 15 millones de euros en cada ejercicio, aproximadamente.

El consejo general, según recordaron, venía reclamando desde hace años la exención de las tasas judiciales para las comunidades de propietarios al considerar que dificultaban mucho más la reclamación de deudas por morosidad de las agrupaciones vecinales «ya de por sí muy afectadas por las cuotas impagadas por los propietarios y, fundamentalmente, por las deudas que han ido acumulando las entidades financieras tras la adjudicación de inmuebles por la ejecución de desahucios», añadieron. Estos impagos obligaban a aprobar cuotas extraordinarias para hacer frente a los gastos de la comunidad.

VÍA | http://www.lasprovincias.es/comunitat/201504/04/comunidades-vecinos-registran-procesos-20150404151329.html


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viernes, 10 de abril de 2015

El gobierno comienza a sancionar a propietarios por no tener el Certificado de Eficiencia Energética

Hoy os recordamos el tema del certificado de Eficiencia Energética. Os compartimos una información que nos parece interesa más aún cuando es un requisito obligatorio a la hora de vender o comprar una vivienda. Si estamos en esta tesitura y queremos vender o alquilar una vivienda de nuestra propiedad siempre es bueno recordar este aspecto.




En este sentido en el último mes desde varios medios de comunicación se han hecho eco de informaciones que apuntaban a una aumento del más de 200% de las solicitudes de este certificado ya que desde el mismo gobierno se ha recordado y, sobre todo, sancionado a propietarios.

En 2013 entró en vigor la ley que obliga a disponer de un Certificado de Eficiencia Energética tanto en viviendas de propiedad como de alquiler. Sin embargo, no ha sido hasta ahora que el Gobierno ha empezado a sancionar a los propietarios que no disponen de dicho certificado. Tras terminar el pasado 23 de febrero el plazo dado por el Gobierno para tramitar el certificado.

Os compartimos este artículo publicado en su día en Cooperación y Ciudadanía sobre este tema. Si tiene alguna duda puede ponerse en contacto con su administrador de fincas.

Certificado de Eficiencia Energética: obligatorio para vender o comprar viviendas



En los últimos años se ha puesto muy de moda el Certificado de Eficiencia Energética, pero qué es exactamente, ¿En qué consiste? Porque nos obligan a tenerlo cuando queremos comprar o vender una vivienda. Estate atento porque te lo vamos a contar para que no tengas sustos de última hora. Y es que todas las viviendas en venta o en alquiler, ya sea venta directa, por agencia inmobiliaria o mediante internet, deben disponer de un certificado de eficiencia energética. De no ser así, los propietarios pueden ser multados con sanciones que van desde los 300 hasta los 6.000 euros.

 ¿Qué es?
Pues exactamente es un coeficiente que se calcula midiendo la energía consumida todos los años en condiciones normales de uso y ocupación. De esta manera, se tienen en cuenta todos los servicios utilizados de manera habitual, como por ejemplo la calefacción, la refrigeración, la ventilación, la producción de agua caliente sanitaria y la iluminación, a fin de mantener las condiciones de confort térmico y lumínico y sus necesidades de agua caliente sanitaria y calidad de aire interior. El indicador recoge los kilogramos de CO2 divididos por los metros cuadrados de la vivienda (kg CO2/m2 al año).

 ¿Quiénes deben ser certificados?
La norma dice que todos los inmuebles disponibles para la venta o el alquiler. Si es cierto que se incluye algunas excepciones en cuanto a los edificios que deben solicitar el certificado, aunque la mayor parte no son representantivos del actual parque de viviendas, y casi no tienen operaciones.

Un ejemplo en el que no es obligatorio tener este certificado es para los pisos arrendados durante menos de cuatro meses, edificios aislados con menos de 50 metros cuadrados útiles, edificios y monumentos protegidos en los que se altera su carácter o aspecto, lugares de culto o religiosos, construcciones provisionales (para menos de dos años) y la parte no residencial de edificios industriales y agrícolas.

Sin embargo, es obligatorio para todos los edificios de nueva construcción y también cuando se haga una rehabilitación o reforma de edificio con una superficie útil superior a 1.000 metros cuadrados, que afecte a más del 25% del total de sus cerramientos.

¿Cuándo se entrega?
Muy fácil, los propietarios que deseen vender sus pisos deberán poner a disposición de los compradores este certificado en el momento en el que se efectúa la operación, mientras que en el caso de los alquileres el casero deberá entregar una copia al inquilino. Es decir, no se puede solicitar el certificado una vez que se ha realizado la venta o el arrendamiento del inmueble. Este certificado tendrá una validez de diez años.

¿Dónde se obtiene?
El interesado deberá acudir a los técnicos en posesión de titulación habilitante (arquitectos o ingenieros), teniendo total libertada para elegir el que quiera.

¿Cuánto cuesta?
No existe un precio determinado. Cada técnico realiza su presupuesto, así que lo mejor es consultar con varios para que nos presente su oferta. En algunas páginas web, como por ejemplo www.certicalia.com, permiten acceder a las ofertas disponibles teniendo en cuenta el tipo de inmueble y la zona de residencia. Échalo un vistazo porque te puede servir de gran ayuda.

¿Qué pasa si no lo tengo?
Pues tendrás que rascarte el bolsillo. La ley establece sanciones que oscilan desde los 300 euros a los 600 euros en el caso de las infracciones leves, de los 601 a los 1.000 euros en el de las graves y de los 1.001 a los 6.000 euros para las muy graves. Y es tan fácil como se presente un inspector, te pida el certificado y no lo tengas. En ese momento comenzará la sanción.

Como puedes comprobar, en un momento en el que parece que la venta de pisos vuelve a repuntar, es hora de saber este nuevo certificado para evitar sustos posteriores.

VÍA http://cooperacionyciudadania.es/certificado-de-eficiencia-energetica-obligatorio-para-vender-o-comprar-viviendas/


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martes, 31 de marzo de 2015

CONTAR CON UN ADMINISTRADOR DE FINCAS TIENE SUS VENTAJAS

La figura del administrador de fincas para una comunidad de vecinos o propietarios nació en su día para prestar un servicio a esos vecinos en la gestión financiera, técnica y legal de sus comunidades.



Ante la complejidad de estas acciones y frente a una legislación de la propiedad horizontal cada vez más compleja el administrador de fincas tiene su razón de ser. Los vecinos delegan en un profesional o empresa especializada esa gestión pero siempre bajo una supervisión y una elección de profesionales con la debida formación y experiencia.

Básicamente podemos ver dos beneficios directos en la elección de una administrador de fincas. Por una lado directamente relacionado con la función del presidente de la comunidad de vecinos y, por otro, con cada uno de los propietarios.

Para el presidente es bastante fácil de suponer. Que te elijan como presidente de tu comunidad de vecinos es una carga y muchas veces bastante engorroso (todos no tenemos los anhelos de protagonismo o ansias de ser presidentes de la comunidad de vecinos emulando a una conocida serie de televisión). El administrador trabaja directamente con el presidente, ayuda y organiza tu función de una manera más ágil y fácil.

Básicamente supone un ahorro en el tiempo dedicado a la redacción y revisión de la documentación diario que necesita una comunidad de vecinos y tener al lado un especialista en la Ley de Propiedad Horizontal es toda una ventaja. Esta asesoría legal es muy importante a la hora de tomar decisiones que nos afecten directamente.

Beneficios de una administrador de fincas para los propietarios en una comunidad de vecinos

La mayoría de los propietarios, por no decir todas, vemos la gestión de una comunidad como algo complejo y problemático. Un administrador contribuirá a hacerte la vida más fácil en esta parcela:

Te ayuda a sacarle el máximo partido a los presupuestos de tu comunidad
Te mantiene informado de lo que está ocurriendo en tu comunidad
Te permite contar con un profesional que actúa de intermediario imparcial en cualquier problema o conflicto entre vecinos, entre la comunidad y un vecino o viceversa.

FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR DE FINCAS según artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal, corresponde al administrador:


a) Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares. Dentro de esta competencia entra toda actividad destinada a velar por el debido cumplimiento y respeto del título constitutivo, de los estatutos, del reglamento de régimen interior, así como los acuerdos de la Junta de Propietarios. Igualmente tiene por finalidad garantizar un correcto funcionamiento de la Comunidad de Propietarios. A estos efectos, dentro del concepto de titulares debe incluirse no sólo a los propietarios, sino también a los ocupantes de los pisos o locales, por ejemplo, arrendatarios, usufructuarios, etc. El Administrador, para cumplir esta la función, deberá realizar visitas periódicas al inmueble, así como atender las comunicaciones que reciba de cualquier copropietario.

b) Preparar con la debida antelación y someter a la Junta general, el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos. El Administrador es la persona encargada de confeccionar los presupuestos de la Comunidad, que deben ser aprobados por la Junta de Propietarios ordinaria. El Administrador deberá observar la reglamentación específica que sobre la materia pueda establecerse el título constitutivo y/o en los estatutos. Aunque el artículo 20.b LPH no lo señale expresamente, hay que entender que el Administrador también es el encargado de elaborar las cuentas y el balance definitivo de ingresos y gastos, que debe ser objeto de aprobación por la Junta de Propietarios. Es recomendable que se envíe a todos los copropietarios, junto con la convocatoria para asistir a la Junta de Propietarios ordinaria, una copia de los presupuestos y del balance de ingresos y gastos del ejercicio anterior, a fin de que todos los propietarios puedan examinar detenidamente ambos documentos.

c) Atender a la conservación y mantenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al presidente o, en su caso, a los propietarios. El administrador se encarga de la conservación de las instalaciones y servicios comunes de la Comunidad de Propietarios, de la ejecución de los acuerdos de la Junta de Propietarios relativos a la conservación y entretenimiento del inmueble, así como de la realización de toda clase de reparaciones urgentes que no puedan dilatarse el tiempo. Dicha función puede ser desempeñada sin necesidad de autorización previa de la Junta de Propietarios. La LPH no especifica el medio que debe utilizar el Administrador para informar de las reparaciones y medidas urgentes que haya adoptado. Podrá informar personalmente o utilizando cualquier medio de comunicación (teléfono, carta, telegrama, email). Lo importante será que pueda probar que existió dicha comunicación.

d) Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes. Este es un claro exponente de las funciones ejecutivas encomendadas al Administrador. Se debe extender al resto de los acuerdos de la Junta de Propietarios que, no teniendo relación con materia de obras, no requieran la participación del Presidente de la Comunidad como representante legal de la misma. Para que el Administrador pueda ejecutar estos acuerdos, necesita disponer de los fondos de la Comunidad.

e) Actuar, en su caso, como secretario de la comunidad y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad.

f) Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta. Existen otros procedimientos que la ley obliga a cumplir en relación con las normas de seguridad (colocación de extintores, inspecciones de las conducciones de gas, etc.) que estarán también a cargo del administrador de la Comunidad.


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miércoles, 25 de marzo de 2015

Llega a las comunidades de vecinos el nuevo buzón de Correos para paquetes

Según el portal Nuevo Vecinos y directamente desde Correos os informamos que existe un nuevo servicio para recibir paquetes postales en nuestra comunidades de vecinos sin que estemos en nuestros domicilios. Se trata del servicio HomePaq, un nuevo buzón especial para la recepción de paquetes con un servicio online que nos avisa de la llegada de estos.

El único inconveniente (y creemos que bastante importante) es que solo sirve para paquetería enviada desde el servicio de mensajería de Correos. Este buzón no sirve para otros servicio de repartos de paquetes. Si compras en tienda online que tienen otro servicio que no sea Correos, el sistema seguirá siendo el tradicional.... espero que esto se cambie....

Buzón HomePaq de Correos



¿Eres de los que compra por internet?

Seguro que has tenido este problema alguna vez: Compras un artículo por internet, encargas el envío a la dirección de tu casa, y por más que intentas estar presencialmente para recibirlo, siempre ocurre: te dejan el aviso de Correos en tu buzón y tienes que perder 2 horas de un sábado para ir a recogerlo a la oficina de correos.

Las alternativas pueden ser variadas


  • Si estás trabajando en el horario de entregas, encargar el envío a la dirección de tu oficina, aunque a veces no apetece que tus compañeros/jefes sepan que has comprado en tal o cual sitio.
  • Si estás en casa, estar 2 días sin moverte, encargando el pan a tu vecino, porque sabes que en el momento que te ausentes 10 minutos, vendrá el cartero con el esperado paquete.
  • Si estás ausente y tienes la suerte de contar con un conserje o portero en tu comunidad, dejar que lo reciba él y recogerlo tú a la llegada. Pero no todos tenemos esta suerte.


Cualquiera de estas opciones no es la óptima, y de eso se han dado cuenta en Correos, donde han ideado un nuevo buzón llamado HomePaq, donde puedan dejar el paquete, como si de un sobre común se tratara.


¿QUÉ ES HOMEPAQ? 


Desde Correos presentan HomePaq, un novedoso servicio que te permitirá la recepción y recogida de paquetes en tu comunidad de vecinos a través de terminales automatizados. Todo de forma fácil, cómoda y segura las 24 horas del día y con la garantía del Grupo Correos.

Se trata de terminales automatizados instalados en los lugares comunes de paso en comunidades de vecinos. Podrás recoger y enviar tus paquetes cómodamente y a la hora que quieras con toda seguridad. Ahorras tiempo, son discretos y están disponibles las 24 horas del día los 7 días de la semana.

A través de la web de correos o mediante una sencilla aplicación en dispositivos  móviles, cada vecino se dará de alta como usuario y cada vez que requiera enviar o recibir un paquete recibirá un código de barras que le permitirá acceder al HomePaq ubicado en su portal.


¿Cómo funciona el HomePaq?

No, no van a cambiar  nuestros buzones de toda la vida por unos de 90x90 a todos los vecinos. Pero tampoco vas desencaminado.

Lo que ha ideado Correos es poner, en la zona común que se decida, unos buzones de tamaños variados donde caben paquetes de diferentes tipos, y que serán comunes para todos los vecinos.

El cartero dejará el paquete en uno de los huecos libres y programará el buzón para que sólo tú tengas acceso a su apertura. Solo tendrás que darte de alta en la aplicación, esperar a que te llegue el aviso a tu móvil cuando recibas un paquete,  e introducir el código que recibas para que se abra tu buzón. Dispondrás de 72 horas para recogerlo.

¿Quien lo tiene que solicitar?

Lo ideal sería que lo solicitara el presidente, una vez que se apruebe en junta por las 3/5 partes de las cuotas de participación, atendiendo al artículo 17.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, aunque cualquier vecino puede solicitar el servicio y que sea Correos quien se ponga en contacto con la comunidad para formalizarlo.

Hay que tener en cuenta que la creación de cualquier servicio común de interés general en una comunidad de propietarios requieren de las tres quintas partes, tanto de propietarios como de cuotas, aunque no estén presentes en la votación.

El gasto para la comunidad es únicamente el gasto de una bombilla, dado que Correos corre con los gastos de instalación y mantenimiento.

¿Y si el envío lo realiza otro servicio de transporte?

Pues en ese caso, por desgracia, no podrán dejarlo en el buzón de paquetería. Si la tienda online trabaja con otros transportistas, tendrán que realizar la entrega por los métodos tradicionales, aunque este tipo de empresas suele ser más flexible en sus horarios, y suelen ponerse en contacto con el destinatario antes de la entrega para pactar la hora.

Por este motivo, creo que el nuevo servicio podría mejorarse. Lo ideal sería que lo instalara una empresa independiente, con acuerdos con Correos y con los principales transportistas, para tener un buzón único donde recoger nuestros envíos. Quizás en el futuro se llegue a gestionar todo el correo con este tipo de mecanismos, y decir adiós así a los buzones de toda la vida.


VÍA
http://www.nuevosvecinos.com/blog/19-llega-a-las-comunidades-el-nuevo-buzon-de-correos-para-paquetes

http://www.correospaq.es/homepaq/index.html#quees

FOTOGRAFÍA Correos.es

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jueves, 19 de marzo de 2015

Guía para la coordinación de obras en Comunidades de Vecinos

Compartimos esta información, que aunque es algo antigua, creemos que puede ser de enorme interés a los responsables de la Comunidades de Vecinos, tanto presidencia como administradores de fincas. Es una guía que publicó la Comunidad de Madrid hace más de dos años pero que se nos antoja que todavía sigue muy vigente y puede ayudarnos y servirnos de guía para acometer obras y reformas en comunidades de vecinos.



La Comunidad de Madrid publica la Guía para la coordinación de obras en comunidades de vecinos


En las comunidades de propietarios se realizan y acometen obras con mucha frecuencia. A efectos de la normativa de prevención y de lo indicado el Real Decreto 1627/97, la comunidad de propietarios, cuando se realizan obras de reparación, mantenimiento, mejora u obra nueva, se convierte en promotor. Es decir el establecimiento de contratos con estas empresas para la realización de trabajos convierten a la Comunidad de Vecinos en Promotor, recayendo en la figura del presidente de la comunidad, la representación de éste.

La Comunidad de Madrid ha publicado recientemente una guía dirigida a los responsables de las comunidades de propietarios, con el objetivo de que puedan verificar que los agentes que intervienen en las obras cumplen con la normativa de aplicación y estén protegidos frente a eventuales responsabilidades. Los autores de esta guía han sido Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Madrid – Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Esta una guía eminentemente práctica que nace con el propósito de identificar las obligaciones de las comunidades de propietarios como promotores de la actividades a desarrollar, conocer aspectos ligados a la prevención y seguridad en sus obras, mediante ejemplos de distintas tipología y elementos, máquinas, equipos y materiales que suelen emplearse en dichas obras.

Pretende convertirse, por ello,  en un instrumento práctico para el seguimiento de las obras en sus aspectos más relevantes, con el fin de reducir la siniestralidad en las mismas.

Pueden descargarse esta guía pulsando el siguiente enlace

VÍA http://eraikal.blog.euskadi.net/blog/2012/07/17/la-comunidad-de-madrid-publica-la-guia-para-la-coordinacion-de-obras-en-comunidades-de-vecinos/

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sábado, 14 de marzo de 2015

El 31 de marzo se acaba el plazo para adaptar las antenas colectivas de las comunidades de vecinos

El próximo día 31 de marzo termina la prórroga del Ministerio de Industria para adaptar las antenas colectivas de las comunidades de vecinos. Recordar que los edificios que hayan llevado a cabo estos cambios tienen hasta el 30 de junio de 2015 para solicitar las ayudas para este fin. Os recomendamos la información aparecida en el Diario Información de Alicante a este respecto.





La reordenación de los canales de la televisión obliga a adaptar las antenas colectivas

Hay plazo hasta el 31 de marzo y en el caso de las comunidades tienen que contactar con una empresa instaladora de telecomunicaciones


Hasta el próximo 31 de marzo hay plazo para la adaptación de las antenas colectivas en los edificios de viviendas. Una medida que tomó el Ministerio de Industria, prorrogando de esta forma el plazo inicial que finalizaba el pasado 31 de diciembre, debido a la imposibilidad de llevar a cabo estos trabajos por el enorme número de adaptaciones a realizar y la falta en algunos casos de los equipos y materiales necesarios, tal como confirman desde Apeme, la Asociación Provincial de Empresarios de Montajes Eléctricos y Telecomunicaciones de Alicante. Se mantiene no obstante la fecha del 30 de junio de 2015, para solicitar las ayudas establecidas por el Ministerio a las comunidades de propietarios para las adaptaciones a la TDT.

La liberalización del dividendo digital es una reordenación de canales, por lo que el usuario no tiene que cambiar ni la antena, ni el aparato de la televisión, ni tampoco tiene que añadir decodificadores externos para continuar recibiendo la programación.

Lo primero que ha de hacer es resintonizar su televisor. En el caso de las comunidades de propietarios que tienen antena colectiva, sí que deben ponerse en contacto con una empresa instaladora de telecomunicaciones registrada ante el Ministerio de Industria, para que si procede, lleve a cabo las adaptaciones necesarias en las instalaciones que amplifican la recepción de los canales emitidos y finalizados estos volver a resintonizar el televisor.

La empresa instaladora, tiene que entregar cuando acabe su trabajo un Boletín de Telecomunicaciones de adaptación al dividendo digital, como garantía del trabajo realizado, y que es imprescindible su presentación en el caso de que se decida solicitar las ayudas del Ministerio. Ayudas que directamente pueden solicitar las comunidades, o bien a través del administrador de la comunidad, o del propio instalador.

Es conveniente realizar la adaptación y solicitar las ayudas cuanto antes, ya que el programa de ayudas cuenta con una cuantía establecida y que una vez agotados los fondos no se atenderán nuevas solicitudes, salvo que se produzca una ampliación de las mismas.

VÍA http://www.diarioinformacion.com/especiales/gestion-mantenimiento-comunidades-propietarios/2015/01/reordenacion-canales-television-obliga-adaptar-antenas-colectivas-n589_1_17284.html

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martes, 10 de marzo de 2015

Cinco consejos para ahorrar el gasto mensual de nuestra comunidad de propietarios

Les acompañamos un artículo con sencillos consejos para ahorrar en su comunidad de vecinos. Os lo compartimos desde Libremercado.com y en él podemos ver cinco puntos importantes en lo que centrarnos para ahorrar el gasto de nuestra comunidad con cinco pequeños consejos. Pequeños gestos como poner detectores de presencia en los pasillos, poner bombillas led, elegir bien la empresa de mantenimiento del ascensor, agrupar servicios de limpieza y reparaciones... etc pueden llegar a ahorrarnos un buen porcentaje del gasto mensual.



La luz de la escalera, el mantenimiento del ascensor y la limpieza del portal son los gastos mínimos que habrá que afrontar.


El coste de una comunidad de propietarios son proporcionales a su tamaño y a los servicios que tenga contratados. La luz de la escalera, el mantenimiento del ascensor y la limpieza del portal son los gastos mínimos que habrá que afrontar. Si el edificio tiene además calefacción central, conserje o un administrador profesional, los gastos crecen considerablemente. Y ya si cuentan con piscina y jardín, la factura se multiplica.

A pesar de que puede parecer que no hay margen para economizar, la OCU ha publicado una serie de consejos con los que los propietarios podrán mitigar en cierta manera el coste de estos recibos.

1- Electricidad: poner detectores de presencia en los descansillos y cambiar las bombillas clásicas por LED. ¿Sabías que un foco LED consume hasta 9 veces menos que un halógeno y dura encendido muchos más años?

2- Ascensor: se pueden conseguir ahorros importantes dependiendo de la empresa con la que se contrate el mantenimiento del ascensor. Si el contrato de mantenimiento con la comunidad está a punto de terminar (suelen durar 5 años), es el momento de pedir presupuestos y cambiar de proveedor si conviene (ojo al preaviso). Si en el edificio existen varios ascensores, unificar las líneas de teléfono de urgencia supone un ahorro.

3- Reparaciones: en lugar de llamar a un profesional en cada reparación, muchas veces merece la pena contratar con una empresa de servicios generales. Las contratas de limpieza suelen ofrecer también este servicio.

4- El seguro: es otra partida que se lleva una parte grande del presupuesto anual. ¿Por qué seguir pagando por uno caro pudiendo tener un seguro bueno a buen precio? Hay diferencias del 50% entre unos u otros.

5- La calefacción central: en los edificios con calefacción central, el coste del combustible puede suponer cerca de la mitad de los gastos anuales. Además, hay que sumar los gastos de electricidad y mantenimiento de la instalación. Desgraciadamente no hay una gran competencia entre suministradores de combustibles. De todas formas, como gasto común la calefacción central tiene los días contados, ya que en 2017 será obligatorio que cada vecino pague acorde a su consumo. Ahora, toca hacer la obra y poner dinero para calorímetros, válvulas termostáticas y toda la preparación del sistema de individualización de los consumos. La obra va a costar a cada vecino más o menos lo que está pagando por un año de calefacción, pero se estima que en adelante se ahorrará un 20% en calefacción.

(...)

VÍA | http://www.libremercado.com/2015-03-07/seis-consejos-para-ahorrar-gastos-en-tu-comunidad-de-propietarios-1276542404/

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viernes, 6 de marzo de 2015

Cómo racionalizar los gastos comunes en una comunidad de propietarios.

Os compartimos un artículo bastante interesante que ha aparecido en la edición digital de Diario Información sobre los gastos que ha de afrontar desde una comunidad de vecinos y cómo se puede reducir estas facturas con unos sencillos pasos como por ejemplo racionalizar la contratación de la potencia del suministro eléctrico, utilización de lámparas led, negociación de la tarifa con las empresas suministradoras, gestión del mantenimiento de los ascensores, consumo de agua... etc.



Gastos que llevan de cabeza a los vecinos de una comunidad

Reducir las facturas de luz, agua o calefacción es posible con sencillas medidas de ahorro


La gestión de los gastos en una comunidad de propietarios es una de las tareas más complicadas con las que tiene que lidiar el presidente de la comunidad o el administrador de la finca. Mantener las cuentas bajo control y que no se disparen las facturas no siempre es fácil, pero siguiendo algunas pautas se pueda lograr.

Potencia de la luz

La electricidad es uno de los gastos más elevados de una comunidad de propietarios y una de las partidas en las que más se puede ahorrar. Tanto en la escalera, en el ascensor y en el parking es aconsejable utilizar la iluminación led. Aunque el punto que permitirá un mayor ahorro de luz se encuentra en la tarifa fija contratada. Cambiando los costes fijos de la tarifa eléctrica de la comunidad, la reducción puede alcanzar entre los 2.000 y los 3.000 euros anuales. Para ello, es aconsejable que se lleve a cabo una auditoría energética.

Mantenimiento del ascensor

El ascensor es otro de los desembolsos clásicos de una comunidad. En este punto, en las reuniones se deben establecer unas normas de utilización y de uso. Entre las medidas de ahorro están la instalación de un mecanismo de maniobra selectiva, de forma que en caso de que haya más de un ascensor solo acuda a la llamada el más cercano; o el control de iluminación para que la luz del ascensor no esté siempre encendida.

Aislamiento y calefacción

Si la comunidad de propietarios realiza mejoras en el aislamiento térmico será capaz de reducir en un 40% la necesidad de calefacción en invierno y minimizar el funcionamiento del aire acondicionado en verano. Estos datos están extraídos de un estudio del grupo energético Euroconsult. La calefacción central resulta más eficiente que la individual. Por eso, la normativa fija que las viviendas de las comunidades de vecinos tienen que disponer de un medidor que refleje cuál es el consumo de cada inmueble.

Consumo de agua

Los conflictos sobre la racionalización del consumo de agua en las comunidades de propietarios se produce en el momento que se trata de un gasto común para compartir. Si la comunidad dispone de jardín, un consejo para ahorrar es aplicar el riego a goteo, que permita aprovechar el agua de la lluvia.

El agua caliente y la calefacción suponen hasta el 70% del gasto de una comunidad. Ante este elevado porcentaje, es necesario regular el uso teniendo en cuenta los puntos en los que se produce el consumo para colocar sistemas tecnológicos que reduzcan el gasto.

Servicios añadidos

Además de los gastos en luz, agua, calefacción o el mantenimiento del ascensor de las comunidades, existen otros servicios añadidos en los que se puede ahorrar. La concienciación de los propietarios resulta básica para rebajar los días en que se contrata el servicio de limpieza. Asimismo, si no queda más remedio que realizar obras de mejora en el edificio, una posibilidad es solicitar a las ayudas y subvenciones públicas para la rehabilitación. Para evitar llegar a este punto es aconsejable mantener revisadas y al día todas las instalaciones.


VÍA | http://www.diarioinformacion.com/especiales/gestion-mantenimiento-comunidades-propietarios/2015/01/gastos-llevan-cabeza-vecinos-comunidad-n589_1_17283.html

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