martes, 31 de marzo de 2015

CONTAR CON UN ADMINISTRADOR DE FINCAS TIENE SUS VENTAJAS

La figura del administrador de fincas para una comunidad de vecinos o propietarios nació en su día para prestar un servicio a esos vecinos en la gestión financiera, técnica y legal de sus comunidades.



Ante la complejidad de estas acciones y frente a una legislación de la propiedad horizontal cada vez más compleja el administrador de fincas tiene su razón de ser. Los vecinos delegan en un profesional o empresa especializada esa gestión pero siempre bajo una supervisión y una elección de profesionales con la debida formación y experiencia.

Básicamente podemos ver dos beneficios directos en la elección de una administrador de fincas. Por una lado directamente relacionado con la función del presidente de la comunidad de vecinos y, por otro, con cada uno de los propietarios.

Para el presidente es bastante fácil de suponer. Que te elijan como presidente de tu comunidad de vecinos es una carga y muchas veces bastante engorroso (todos no tenemos los anhelos de protagonismo o ansias de ser presidentes de la comunidad de vecinos emulando a una conocida serie de televisión). El administrador trabaja directamente con el presidente, ayuda y organiza tu función de una manera más ágil y fácil.

Básicamente supone un ahorro en el tiempo dedicado a la redacción y revisión de la documentación diario que necesita una comunidad de vecinos y tener al lado un especialista en la Ley de Propiedad Horizontal es toda una ventaja. Esta asesoría legal es muy importante a la hora de tomar decisiones que nos afecten directamente.

Beneficios de una administrador de fincas para los propietarios en una comunidad de vecinos

La mayoría de los propietarios, por no decir todas, vemos la gestión de una comunidad como algo complejo y problemático. Un administrador contribuirá a hacerte la vida más fácil en esta parcela:

Te ayuda a sacarle el máximo partido a los presupuestos de tu comunidad
Te mantiene informado de lo que está ocurriendo en tu comunidad
Te permite contar con un profesional que actúa de intermediario imparcial en cualquier problema o conflicto entre vecinos, entre la comunidad y un vecino o viceversa.

FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR DE FINCAS según artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal, corresponde al administrador:


a) Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares. Dentro de esta competencia entra toda actividad destinada a velar por el debido cumplimiento y respeto del título constitutivo, de los estatutos, del reglamento de régimen interior, así como los acuerdos de la Junta de Propietarios. Igualmente tiene por finalidad garantizar un correcto funcionamiento de la Comunidad de Propietarios. A estos efectos, dentro del concepto de titulares debe incluirse no sólo a los propietarios, sino también a los ocupantes de los pisos o locales, por ejemplo, arrendatarios, usufructuarios, etc. El Administrador, para cumplir esta la función, deberá realizar visitas periódicas al inmueble, así como atender las comunicaciones que reciba de cualquier copropietario.

b) Preparar con la debida antelación y someter a la Junta general, el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos. El Administrador es la persona encargada de confeccionar los presupuestos de la Comunidad, que deben ser aprobados por la Junta de Propietarios ordinaria. El Administrador deberá observar la reglamentación específica que sobre la materia pueda establecerse el título constitutivo y/o en los estatutos. Aunque el artículo 20.b LPH no lo señale expresamente, hay que entender que el Administrador también es el encargado de elaborar las cuentas y el balance definitivo de ingresos y gastos, que debe ser objeto de aprobación por la Junta de Propietarios. Es recomendable que se envíe a todos los copropietarios, junto con la convocatoria para asistir a la Junta de Propietarios ordinaria, una copia de los presupuestos y del balance de ingresos y gastos del ejercicio anterior, a fin de que todos los propietarios puedan examinar detenidamente ambos documentos.

c) Atender a la conservación y mantenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al presidente o, en su caso, a los propietarios. El administrador se encarga de la conservación de las instalaciones y servicios comunes de la Comunidad de Propietarios, de la ejecución de los acuerdos de la Junta de Propietarios relativos a la conservación y entretenimiento del inmueble, así como de la realización de toda clase de reparaciones urgentes que no puedan dilatarse el tiempo. Dicha función puede ser desempeñada sin necesidad de autorización previa de la Junta de Propietarios. La LPH no especifica el medio que debe utilizar el Administrador para informar de las reparaciones y medidas urgentes que haya adoptado. Podrá informar personalmente o utilizando cualquier medio de comunicación (teléfono, carta, telegrama, email). Lo importante será que pueda probar que existió dicha comunicación.

d) Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes. Este es un claro exponente de las funciones ejecutivas encomendadas al Administrador. Se debe extender al resto de los acuerdos de la Junta de Propietarios que, no teniendo relación con materia de obras, no requieran la participación del Presidente de la Comunidad como representante legal de la misma. Para que el Administrador pueda ejecutar estos acuerdos, necesita disponer de los fondos de la Comunidad.

e) Actuar, en su caso, como secretario de la comunidad y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad.

f) Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta. Existen otros procedimientos que la ley obliga a cumplir en relación con las normas de seguridad (colocación de extintores, inspecciones de las conducciones de gas, etc.) que estarán también a cargo del administrador de la Comunidad.


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miércoles, 25 de marzo de 2015

Llega a las comunidades de vecinos el nuevo buzón de Correos para paquetes

Según el portal Nuevo Vecinos y directamente desde Correos os informamos que existe un nuevo servicio para recibir paquetes postales en nuestra comunidades de vecinos sin que estemos en nuestros domicilios. Se trata del servicio HomePaq, un nuevo buzón especial para la recepción de paquetes con un servicio online que nos avisa de la llegada de estos.

El único inconveniente (y creemos que bastante importante) es que solo sirve para paquetería enviada desde el servicio de mensajería de Correos. Este buzón no sirve para otros servicio de repartos de paquetes. Si compras en tienda online que tienen otro servicio que no sea Correos, el sistema seguirá siendo el tradicional.... espero que esto se cambie....

Buzón HomePaq de Correos



¿Eres de los que compra por internet?

Seguro que has tenido este problema alguna vez: Compras un artículo por internet, encargas el envío a la dirección de tu casa, y por más que intentas estar presencialmente para recibirlo, siempre ocurre: te dejan el aviso de Correos en tu buzón y tienes que perder 2 horas de un sábado para ir a recogerlo a la oficina de correos.

Las alternativas pueden ser variadas


  • Si estás trabajando en el horario de entregas, encargar el envío a la dirección de tu oficina, aunque a veces no apetece que tus compañeros/jefes sepan que has comprado en tal o cual sitio.
  • Si estás en casa, estar 2 días sin moverte, encargando el pan a tu vecino, porque sabes que en el momento que te ausentes 10 minutos, vendrá el cartero con el esperado paquete.
  • Si estás ausente y tienes la suerte de contar con un conserje o portero en tu comunidad, dejar que lo reciba él y recogerlo tú a la llegada. Pero no todos tenemos esta suerte.


Cualquiera de estas opciones no es la óptima, y de eso se han dado cuenta en Correos, donde han ideado un nuevo buzón llamado HomePaq, donde puedan dejar el paquete, como si de un sobre común se tratara.


¿QUÉ ES HOMEPAQ? 


Desde Correos presentan HomePaq, un novedoso servicio que te permitirá la recepción y recogida de paquetes en tu comunidad de vecinos a través de terminales automatizados. Todo de forma fácil, cómoda y segura las 24 horas del día y con la garantía del Grupo Correos.

Se trata de terminales automatizados instalados en los lugares comunes de paso en comunidades de vecinos. Podrás recoger y enviar tus paquetes cómodamente y a la hora que quieras con toda seguridad. Ahorras tiempo, son discretos y están disponibles las 24 horas del día los 7 días de la semana.

A través de la web de correos o mediante una sencilla aplicación en dispositivos  móviles, cada vecino se dará de alta como usuario y cada vez que requiera enviar o recibir un paquete recibirá un código de barras que le permitirá acceder al HomePaq ubicado en su portal.


¿Cómo funciona el HomePaq?

No, no van a cambiar  nuestros buzones de toda la vida por unos de 90x90 a todos los vecinos. Pero tampoco vas desencaminado.

Lo que ha ideado Correos es poner, en la zona común que se decida, unos buzones de tamaños variados donde caben paquetes de diferentes tipos, y que serán comunes para todos los vecinos.

El cartero dejará el paquete en uno de los huecos libres y programará el buzón para que sólo tú tengas acceso a su apertura. Solo tendrás que darte de alta en la aplicación, esperar a que te llegue el aviso a tu móvil cuando recibas un paquete,  e introducir el código que recibas para que se abra tu buzón. Dispondrás de 72 horas para recogerlo.

¿Quien lo tiene que solicitar?

Lo ideal sería que lo solicitara el presidente, una vez que se apruebe en junta por las 3/5 partes de las cuotas de participación, atendiendo al artículo 17.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, aunque cualquier vecino puede solicitar el servicio y que sea Correos quien se ponga en contacto con la comunidad para formalizarlo.

Hay que tener en cuenta que la creación de cualquier servicio común de interés general en una comunidad de propietarios requieren de las tres quintas partes, tanto de propietarios como de cuotas, aunque no estén presentes en la votación.

El gasto para la comunidad es únicamente el gasto de una bombilla, dado que Correos corre con los gastos de instalación y mantenimiento.

¿Y si el envío lo realiza otro servicio de transporte?

Pues en ese caso, por desgracia, no podrán dejarlo en el buzón de paquetería. Si la tienda online trabaja con otros transportistas, tendrán que realizar la entrega por los métodos tradicionales, aunque este tipo de empresas suele ser más flexible en sus horarios, y suelen ponerse en contacto con el destinatario antes de la entrega para pactar la hora.

Por este motivo, creo que el nuevo servicio podría mejorarse. Lo ideal sería que lo instalara una empresa independiente, con acuerdos con Correos y con los principales transportistas, para tener un buzón único donde recoger nuestros envíos. Quizás en el futuro se llegue a gestionar todo el correo con este tipo de mecanismos, y decir adiós así a los buzones de toda la vida.


VÍA
http://www.nuevosvecinos.com/blog/19-llega-a-las-comunidades-el-nuevo-buzon-de-correos-para-paquetes

http://www.correospaq.es/homepaq/index.html#quees

FOTOGRAFÍA Correos.es

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jueves, 19 de marzo de 2015

Guía para la coordinación de obras en Comunidades de Vecinos

Compartimos esta información, que aunque es algo antigua, creemos que puede ser de enorme interés a los responsables de la Comunidades de Vecinos, tanto presidencia como administradores de fincas. Es una guía que publicó la Comunidad de Madrid hace más de dos años pero que se nos antoja que todavía sigue muy vigente y puede ayudarnos y servirnos de guía para acometer obras y reformas en comunidades de vecinos.



La Comunidad de Madrid publica la Guía para la coordinación de obras en comunidades de vecinos


En las comunidades de propietarios se realizan y acometen obras con mucha frecuencia. A efectos de la normativa de prevención y de lo indicado el Real Decreto 1627/97, la comunidad de propietarios, cuando se realizan obras de reparación, mantenimiento, mejora u obra nueva, se convierte en promotor. Es decir el establecimiento de contratos con estas empresas para la realización de trabajos convierten a la Comunidad de Vecinos en Promotor, recayendo en la figura del presidente de la comunidad, la representación de éste.

La Comunidad de Madrid ha publicado recientemente una guía dirigida a los responsables de las comunidades de propietarios, con el objetivo de que puedan verificar que los agentes que intervienen en las obras cumplen con la normativa de aplicación y estén protegidos frente a eventuales responsabilidades. Los autores de esta guía han sido Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Madrid – Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Esta una guía eminentemente práctica que nace con el propósito de identificar las obligaciones de las comunidades de propietarios como promotores de la actividades a desarrollar, conocer aspectos ligados a la prevención y seguridad en sus obras, mediante ejemplos de distintas tipología y elementos, máquinas, equipos y materiales que suelen emplearse en dichas obras.

Pretende convertirse, por ello,  en un instrumento práctico para el seguimiento de las obras en sus aspectos más relevantes, con el fin de reducir la siniestralidad en las mismas.

Pueden descargarse esta guía pulsando el siguiente enlace

VÍA http://eraikal.blog.euskadi.net/blog/2012/07/17/la-comunidad-de-madrid-publica-la-guia-para-la-coordinacion-de-obras-en-comunidades-de-vecinos/

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sábado, 14 de marzo de 2015

El 31 de marzo se acaba el plazo para adaptar las antenas colectivas de las comunidades de vecinos

El próximo día 31 de marzo termina la prórroga del Ministerio de Industria para adaptar las antenas colectivas de las comunidades de vecinos. Recordar que los edificios que hayan llevado a cabo estos cambios tienen hasta el 30 de junio de 2015 para solicitar las ayudas para este fin. Os recomendamos la información aparecida en el Diario Información de Alicante a este respecto.





La reordenación de los canales de la televisión obliga a adaptar las antenas colectivas

Hay plazo hasta el 31 de marzo y en el caso de las comunidades tienen que contactar con una empresa instaladora de telecomunicaciones


Hasta el próximo 31 de marzo hay plazo para la adaptación de las antenas colectivas en los edificios de viviendas. Una medida que tomó el Ministerio de Industria, prorrogando de esta forma el plazo inicial que finalizaba el pasado 31 de diciembre, debido a la imposibilidad de llevar a cabo estos trabajos por el enorme número de adaptaciones a realizar y la falta en algunos casos de los equipos y materiales necesarios, tal como confirman desde Apeme, la Asociación Provincial de Empresarios de Montajes Eléctricos y Telecomunicaciones de Alicante. Se mantiene no obstante la fecha del 30 de junio de 2015, para solicitar las ayudas establecidas por el Ministerio a las comunidades de propietarios para las adaptaciones a la TDT.

La liberalización del dividendo digital es una reordenación de canales, por lo que el usuario no tiene que cambiar ni la antena, ni el aparato de la televisión, ni tampoco tiene que añadir decodificadores externos para continuar recibiendo la programación.

Lo primero que ha de hacer es resintonizar su televisor. En el caso de las comunidades de propietarios que tienen antena colectiva, sí que deben ponerse en contacto con una empresa instaladora de telecomunicaciones registrada ante el Ministerio de Industria, para que si procede, lleve a cabo las adaptaciones necesarias en las instalaciones que amplifican la recepción de los canales emitidos y finalizados estos volver a resintonizar el televisor.

La empresa instaladora, tiene que entregar cuando acabe su trabajo un Boletín de Telecomunicaciones de adaptación al dividendo digital, como garantía del trabajo realizado, y que es imprescindible su presentación en el caso de que se decida solicitar las ayudas del Ministerio. Ayudas que directamente pueden solicitar las comunidades, o bien a través del administrador de la comunidad, o del propio instalador.

Es conveniente realizar la adaptación y solicitar las ayudas cuanto antes, ya que el programa de ayudas cuenta con una cuantía establecida y que una vez agotados los fondos no se atenderán nuevas solicitudes, salvo que se produzca una ampliación de las mismas.

VÍA http://www.diarioinformacion.com/especiales/gestion-mantenimiento-comunidades-propietarios/2015/01/reordenacion-canales-television-obliga-adaptar-antenas-colectivas-n589_1_17284.html

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martes, 10 de marzo de 2015

Cinco consejos para ahorrar el gasto mensual de nuestra comunidad de propietarios

Les acompañamos un artículo con sencillos consejos para ahorrar en su comunidad de vecinos. Os lo compartimos desde Libremercado.com y en él podemos ver cinco puntos importantes en lo que centrarnos para ahorrar el gasto de nuestra comunidad con cinco pequeños consejos. Pequeños gestos como poner detectores de presencia en los pasillos, poner bombillas led, elegir bien la empresa de mantenimiento del ascensor, agrupar servicios de limpieza y reparaciones... etc pueden llegar a ahorrarnos un buen porcentaje del gasto mensual.



La luz de la escalera, el mantenimiento del ascensor y la limpieza del portal son los gastos mínimos que habrá que afrontar.


El coste de una comunidad de propietarios son proporcionales a su tamaño y a los servicios que tenga contratados. La luz de la escalera, el mantenimiento del ascensor y la limpieza del portal son los gastos mínimos que habrá que afrontar. Si el edificio tiene además calefacción central, conserje o un administrador profesional, los gastos crecen considerablemente. Y ya si cuentan con piscina y jardín, la factura se multiplica.

A pesar de que puede parecer que no hay margen para economizar, la OCU ha publicado una serie de consejos con los que los propietarios podrán mitigar en cierta manera el coste de estos recibos.

1- Electricidad: poner detectores de presencia en los descansillos y cambiar las bombillas clásicas por LED. ¿Sabías que un foco LED consume hasta 9 veces menos que un halógeno y dura encendido muchos más años?

2- Ascensor: se pueden conseguir ahorros importantes dependiendo de la empresa con la que se contrate el mantenimiento del ascensor. Si el contrato de mantenimiento con la comunidad está a punto de terminar (suelen durar 5 años), es el momento de pedir presupuestos y cambiar de proveedor si conviene (ojo al preaviso). Si en el edificio existen varios ascensores, unificar las líneas de teléfono de urgencia supone un ahorro.

3- Reparaciones: en lugar de llamar a un profesional en cada reparación, muchas veces merece la pena contratar con una empresa de servicios generales. Las contratas de limpieza suelen ofrecer también este servicio.

4- El seguro: es otra partida que se lleva una parte grande del presupuesto anual. ¿Por qué seguir pagando por uno caro pudiendo tener un seguro bueno a buen precio? Hay diferencias del 50% entre unos u otros.

5- La calefacción central: en los edificios con calefacción central, el coste del combustible puede suponer cerca de la mitad de los gastos anuales. Además, hay que sumar los gastos de electricidad y mantenimiento de la instalación. Desgraciadamente no hay una gran competencia entre suministradores de combustibles. De todas formas, como gasto común la calefacción central tiene los días contados, ya que en 2017 será obligatorio que cada vecino pague acorde a su consumo. Ahora, toca hacer la obra y poner dinero para calorímetros, válvulas termostáticas y toda la preparación del sistema de individualización de los consumos. La obra va a costar a cada vecino más o menos lo que está pagando por un año de calefacción, pero se estima que en adelante se ahorrará un 20% en calefacción.

(...)

VÍA | http://www.libremercado.com/2015-03-07/seis-consejos-para-ahorrar-gastos-en-tu-comunidad-de-propietarios-1276542404/

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viernes, 6 de marzo de 2015

Cómo racionalizar los gastos comunes en una comunidad de propietarios.

Os compartimos un artículo bastante interesante que ha aparecido en la edición digital de Diario Información sobre los gastos que ha de afrontar desde una comunidad de vecinos y cómo se puede reducir estas facturas con unos sencillos pasos como por ejemplo racionalizar la contratación de la potencia del suministro eléctrico, utilización de lámparas led, negociación de la tarifa con las empresas suministradoras, gestión del mantenimiento de los ascensores, consumo de agua... etc.



Gastos que llevan de cabeza a los vecinos de una comunidad

Reducir las facturas de luz, agua o calefacción es posible con sencillas medidas de ahorro


La gestión de los gastos en una comunidad de propietarios es una de las tareas más complicadas con las que tiene que lidiar el presidente de la comunidad o el administrador de la finca. Mantener las cuentas bajo control y que no se disparen las facturas no siempre es fácil, pero siguiendo algunas pautas se pueda lograr.

Potencia de la luz

La electricidad es uno de los gastos más elevados de una comunidad de propietarios y una de las partidas en las que más se puede ahorrar. Tanto en la escalera, en el ascensor y en el parking es aconsejable utilizar la iluminación led. Aunque el punto que permitirá un mayor ahorro de luz se encuentra en la tarifa fija contratada. Cambiando los costes fijos de la tarifa eléctrica de la comunidad, la reducción puede alcanzar entre los 2.000 y los 3.000 euros anuales. Para ello, es aconsejable que se lleve a cabo una auditoría energética.

Mantenimiento del ascensor

El ascensor es otro de los desembolsos clásicos de una comunidad. En este punto, en las reuniones se deben establecer unas normas de utilización y de uso. Entre las medidas de ahorro están la instalación de un mecanismo de maniobra selectiva, de forma que en caso de que haya más de un ascensor solo acuda a la llamada el más cercano; o el control de iluminación para que la luz del ascensor no esté siempre encendida.

Aislamiento y calefacción

Si la comunidad de propietarios realiza mejoras en el aislamiento térmico será capaz de reducir en un 40% la necesidad de calefacción en invierno y minimizar el funcionamiento del aire acondicionado en verano. Estos datos están extraídos de un estudio del grupo energético Euroconsult. La calefacción central resulta más eficiente que la individual. Por eso, la normativa fija que las viviendas de las comunidades de vecinos tienen que disponer de un medidor que refleje cuál es el consumo de cada inmueble.

Consumo de agua

Los conflictos sobre la racionalización del consumo de agua en las comunidades de propietarios se produce en el momento que se trata de un gasto común para compartir. Si la comunidad dispone de jardín, un consejo para ahorrar es aplicar el riego a goteo, que permita aprovechar el agua de la lluvia.

El agua caliente y la calefacción suponen hasta el 70% del gasto de una comunidad. Ante este elevado porcentaje, es necesario regular el uso teniendo en cuenta los puntos en los que se produce el consumo para colocar sistemas tecnológicos que reduzcan el gasto.

Servicios añadidos

Además de los gastos en luz, agua, calefacción o el mantenimiento del ascensor de las comunidades, existen otros servicios añadidos en los que se puede ahorrar. La concienciación de los propietarios resulta básica para rebajar los días en que se contrata el servicio de limpieza. Asimismo, si no queda más remedio que realizar obras de mejora en el edificio, una posibilidad es solicitar a las ayudas y subvenciones públicas para la rehabilitación. Para evitar llegar a este punto es aconsejable mantener revisadas y al día todas las instalaciones.


VÍA | http://www.diarioinformacion.com/especiales/gestion-mantenimiento-comunidades-propietarios/2015/01/gastos-llevan-cabeza-vecinos-comunidad-n589_1_17283.html

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jueves, 5 de marzo de 2015

El cargo de Presidente de una Comunidad SIEMPRE HA DE SER DESEMPEÑADO POR UNO DE LOS PROPIETARIOS

Por lo general, existe cierto desconocimiento sobre el cargo de presidente de una comunidad de vecinos. Por este motivo, vamos a analizar algunos aspectos sobre el mismo:



- El cargo de presidente de la comunidad, en primer lugar, lo tiene que desempeñar un propietario de la propia comunidad, por lo que no es posible ser presidente por representación en ningún caso. Es un cargo personal e intransferible. Así lo establece la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).

- Si el presidente no asiste a la Junta, la presidirá el vicepresidente, en caso de que lo hubiera y asistiera. En caso contrario, la Junta elige en el momento quién presidirá la reunión de vecinos, pero siempre y obligatoriamente ha de ser un propietario. (Art. 13 de la LPH).

- Lo único que puede delegar el presidente es la realización de determinadas gestiones internas, pero no sus funciones de representación de la comunidad de vecinos.

- En segundo lugar surgen las dudas sobre la posibilidad de renunciar al cargo de presidente de la comunidad. En este aspecto el Art. 13 de la LPH regula el nombramiento y funciones de los distintos cargos de la comunidad. En el mismo se establece que el cargo es obligatorio, por lo tanto no se puede renunciar a él. Si bien es posible que los propios vecinos eximan a un propietario de la obligación de ostentar este cargo debido siempre a circunstancias especiales. En último término será el juez competente quien determine la posibilidad de la exoneración del cargo. (Art. 17.3 de la LPH).

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martes, 3 de marzo de 2015

Preguntas de Interés para Comunidades de Vecinos

Continuamos nuestra serie de entradas relacionadas con preguntas frecuentes que suelen hacernos los vecinos. En esta ocasión nos centramos en el tema del recibo de la luz y los números rojos en las Comunidades de Vecinos,

El recibo de la luz en las Comunidades de Vecinos

Para reducirlo es importante que sólo se tenga un suministro eléctrico en las zonas comunes. El ahorro de energía y, por tanto, en el recibo de la luz no sólo se circunscribe al que se hace puertas adentro. En el portal, garaje y otros elementos comunes de los edificios también se puede reducir el consumo de energía eléctrica. Se debe tener en cuenta que la cuota que se paga a la comunidad de propietarios se incrementa notablemente por el recibo de la luz. El primer paso que se debe dar para obtener una buena eficiencia energética en el edificio es consultar con un especialista. Un buen número de comunidades tienen contratada una potencia de luz eléctrica superior a la que realmente se necesita. En ese caso se debe modificar el contrato con la compañía eléctrica y adecuarlo a las necesidades reales. También es importante que sólo se tenga un suministro eléctrico. Por lo tanto, si hay más de uno en la comunidad, uno en el garaje y otro en la escalera por ejemplo, conviene unificarlo.



Comunidades de vecinos en números rojos

Los propietarios morosos y los gastos no contemplados en los presupuestos son las principales causas de un saldo negativo en una comunidad. Los saldos de una comunidad no deberían estar en saldo negativo, ya que la ley establece medidas preventivas para tener en cuenta los posibles gastos extraordinarios. Pero, en muchos casos, los vecinos descubren un día, normalmente antes de revisar las cuentas y determinar el dinero común con el que cuentan para iniciar un arreglo de fachada, tejado o escalera, que están “en números rojos”.

¿Cómo solucionarlo? 

Para evitar esta temida situación los propietarios deben acudir a las reuniones y asambleas vecinales con el fin de informarse sobre la labor de su junta y reclamar el libro de cuentas cuando lo estimen oportuno. Además, para defender sus derechos y fijar las obligaciones, las comunidades de propietarios cuentan con el respaldo de la Ley sobre Propiedad Horizontal, el Título constitutivo de la Comunidad, y los Estatutos y el Reglamento de Régimen Interno.

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